Incidencias Municipales
DELEGACIONES ESPECIALES DEL ALCALDE (2023-2027).
Asunto: Delegaciones especiales del Alcalde
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 43 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, en materia de delegaciones especiales del Alcalde, se ha dictado Decreto 518/2023, de 20 de junio de 2023, en el que se resuelve:
Primero.- Promover y efectuar las siguientes delegaciones especiales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23.4 de la ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 43 del RD 2568/1986:
1/ A favor de la Sra. Concejala Dña. María Eugenia Castañeda Arrasate las siguientes materias:
- Economia y Hacienda
- Festejos
2/ A favor del Sr. Concejal D. Adrián Setién Expósito las siguientes materias:
- Empleo.
- Desarrollo Local
- Urbanismo
- Patrimonio
3/ A favor de la Sra. Concejala Dña. Saray Villalón Fernández las siguientes materias:
- Deportes
- Obras y Servicios.
4/ A favor del Sr. Concejal D. Francisco Javier Martín Solar las siguientes materias:
- Turismo.
- Seguridad Ciudadana.
5/ A favor de la Sra. Concejala Dña. Araceli Ayesa Escalante las siguientes materias:
- Servicios Sociales.
- Infancia
- Mayores
- Recursos Humanos
6/ A favor del Sr. Concejal D. Marcos Agudo Bustillo las siguientes materias:
- Cultura.
- Assuntos europeos.
7/ A favor de la Sra. Concejala Dña. Yolanda Arce Gutiérrez las siguientes materias:
- Educación.
- Medio Ambiente.
8/ A favor del Sr. Concejal D. Santiago Cuevas Gutiérrez las siguientes materias:
- Salud.
- Juventud
9/ A favor de la Sra. Concejala Dña. Celia Bustamante Salcines las siguientes materias:
- Igualdad.
- Consumo.
Segundo.- Las presentes delegaciones comprenden las facultades de dirección interna, gestión, impulso y propuesta de resolución de aquellos asuntos incluidos dentro del ámbito material de la delegación, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.- Esta Alcaldía se reserva la posibilidad de avocar en cualquier momento la competencia delegada, conforme a lo establecido en los artículos 116 del ROF, en relación con el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.- El presente Decreto surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha de su promulgación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44.2 del ROF y se entiende indefinida salvo revocación expresa en contra. Publicándose en el tablón de anuncios municipal y en el BOC, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del ROF.
Quinto.- Notifíquese el presente acuerdo a los concejales delegados y dese cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que celebre.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre.
El Alcalde,Recibe, la Secretaria.
Javier Incera Goyenechea.Paula Albors Ferreiro.
Documento firmado electrónicamente (Ley 39/2015, de 1 de octubre)
Descargar el documento en pdf firmado digitalmente.
Descargar Delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local.
Descargar documento Anuncio indemnización asistencia órganos colegiados
Descargar anuncio cargos dedicación exclusiva o parcial
Delegación presidencia efectiva de las Comisiones Informativas
Delegación de atribuciones del Pleno en la Junta Gobierno Local.
DELEGACIONES ESPECIALES DEL ALCALDE (2019-2023).
Decreto de la Alcaldía-Presidencia 354/2019.
D. Javier Incera Goyenechea, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Colindres (Cantabria), en el día de la fecha dicto la siguiente resolución:
Una vez celebradas las elecciones locales con fecha 26 de mayo de 2019, constituida la nueva corporación municipal en sesión plenaria de 15 de junio del año en curso, y con objeto de dotar de mayor celeridad y eficacia a los servicios municipales, esta Alcaldía considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegaciones de competencias de carácter especial a favor de determinados concejales.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 21.3, 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; los artículos 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en cumplimiento de lo dispuesto en las demás Leyes y Reglamentos de aplicación, RESUELVO:
Primero.- Promover y efectuar las siguientes delegaciones especiales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23.4 de la ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 43 del RD 2568/1986:
1/ A favor de la Sra. Concejala Dña. María Eugenia Castañeda Arrasate las siguientes materias:
- Servicios Sociales.
- Mayores
- Juventud.
- Asuntos Europeos
- Festejos
2/ A favor del Sr. Concejal D. Adrián Setién Expósito las siguientes materias:
- Empleo.
- Desarrollo Local
- Urbanismo
- Patrimonio
3/ A favor de la Sra. Concejala Dña. Saray Villalón Fernández las siguientes materias:
- Deportes y Salud.
4/ A favor del Sr. Concejal D. Francisco Javier Martín Solar las siguientes materias:
- Turismo.
- Seguridad Ciudadana.
5/ A favor de la Sra. Concejala Dña. Araceli Ayesa Escalante las siguientes materias:
- Cultura.
- Infancia
- Recursos Humanos
6/ A favor del Sr. Concejal D. Alberto Echevarría Ortiz las siguientes materias:
- Economía y hacienda.
- Contratación.
7/ A favor de la Sra. Concejala Dña. Yolanda Arce Gutiérrez las siguientes materias:
- Educación.
- Medio Ambiente.
8/ A favor del Sr. Concejal D. Julio César Paz Conde las siguientes materias:
- Obras y Servicios Generales.
9/ A favor de la Sra. Concejala Dña. Mónica Navascuez Blanco las siguientes materias:
- Igualdad.
- Consumo.
Segundo.- Las presentes delegaciones comprenden las facultades de dirección interna, gestión, impulso y propuesta de resolución de aquellos asuntos incluidos dentro del ámbito material de la delegación, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.- Esta Alcaldía se reserva la posibilidad de avocar en cualquier momento la competencia delegada, conforme a lo establecido en los artículos 116 del ROF, en relación con el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.- El presente Decreto surtirá efectos desde el día siguiente a la fecha de su promulgación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44.2 del ROF y se entiende indefinida salvo revocación expresa en contra. Publicándose en el tablón de anuncios municipal y en el BOC, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del ROF.
Quinto.- Notifíquese el presente acuerdo a los concejales delegados y dese cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que celebre.
El Alcalde,Recibe, la Secretaria.
Javier Incera Goyenechea.Paula Albors Ferreiro.
Documento firmado electrónicamente (Ley 39/2015, de 1 de octubre)
DELEGACIONES ESPECIALES DEL ALCALDE (2015-2019).
1. A favor de la Sra. Concejala Dña. María Eugenia Castañeda Arrasate las siguientes materias:
— Bienestar Social.
— Economía.
— Festejos
2. A favor del Sr. Concejal D. Adrián Setién Expósito las siguientes materias:
— Educación.
— Empleo.
— Desarrollo Local
— Patrimonio
3. A favor de la Sra. Concejala Dña. Saray Villalón Fernández las siguientes materias:
— Deportes.
— Participación Ciudadana.
— Barrios
4. A favor del Sr. Concejal D. Alberto Echevarría Ortiz las siguientes materias:
— Seguridad Ciudadana.
— Recursos Humanos.
— Urbanismo
5. A favor de la Sra. Concejala Dña. Araceli Ayesa Escalante las siguientes materias:
— Juventud
— Cultura.
6. A favor del Sr. Concejal D. Pablo Ruiz Soler las siguientes materias:
— Medio Ambiente.
— Servicios Generales.
7. A favor de la Sra. Concejala Dña. Mónica Navascuez Blanco las siguientes materias:
— Igualdad.
— Turismo.
— Consumo.
PUBLICACIÓN EN EL BOLETIN OFICIAL DE CANTABRIA DE LAS DELEGACIONES DE ALCALDÍA.
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