Por medio del presente anuncio, se da publicidad al Decreto de Alcaldía 425/2020, relativo a la aprobación de una Bolsa de trabajo con destino a la provisión por contrato de relevo (jubilación parcial) del puesto oficial de segunda, subescala de servicios especiales, administración especial (personal laboral temporal):

Primero: Aprobar la Bolsa de Trabajo destinada a la provisión por contrato relevo (jubilación parcial) del puesto de OFICIAL DE SEGUNDA, Subescala de Servicios Especiales, Administración Especial (personal laboral temporal), en los términos y de acuerdo con lo expuesto en la Base Primera y Base Undécima de las Bases reguladoras del proceso selectivo, sin que para los aspirantes contenidos en la misma se generen más derechos que los señalados en las referidas Bases. 

Determinar que los aspirantes que forman parte de la Lista de Espera o Bolsa de Empleo, y por el Orden de su puntuación son:

POSICIÓN NOMBRE APELLIDOS FASE CONCURSO FASE OPOSICION TOTAL
PRUEBA TEORICA PRUEBA PRACTICA
1 Jacinto Saiz Cantero 6,00 7,5 10,00 23,50
2 Fernando  Ruiz Bastida 5,75 6,5 10,00 22,25
3 José Alberto Villazón Incera 3,45 5,00 10,00 18,45
4 Julio César Parra Ceballos 0,00 9,5 8,00 17,50
5 David Trueba Ortiz 0,25 7,25 10,00 17,50
6 Matías Brígido Fernández 0,50 7,75 7,00 15,25
7 Jorge Cerro Gutiérrez 1,00 6,25 8,00 15,25
8 Alberto Cuesta Nieto 0,00 8,00 7,00 15,00
9 Sergio Núñez Sainz-Trápaga 2,70 5,00 5,00 12,75
10 José Alberto Bustillo Donosti 1,25 6,00 5,00 12,25
11 Francisco Javier Caviedes Aja 0,00 7,00 5,00 12,00
12 Iñigo Martínez Iglesias 0,00 5,75 5,00 10,75

Segundo: La Bolsa de Trabajo se regirá por los criterios establecidos en las Bases reguladoras del presente proceso y, por los que se exponen a continuación:

  • El llamamiento de los integrantes de la bolsa de empleo se realizará por estricto orden de prelación.
  • Se procederá al nombramiento de los aspirantes en los términos y por los motivos señalados en la Base Primera mediante llamamiento, otorgándose un plazo de diez días naturales para la firma del contrato.
  • En el supuesto de que, durante el contrato de trabajo, el trabajador llamado cese por cualquier motivo en la prestación laboral (incluido el despido) se procederá al llamamiento al aspirante siguiente en la bolsa por estricto orden de puntuación.
  • La oferta realizada al candidato podrá serle comunicada por cualquier medio, incluyendo llamadas telefónicas.
  • La modalidad del contrato es de relevo regulada en el artículo 12 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Se celebrará con un trabajador en situación de desempleo.
  • La duración del contrato se regirá por lo establecido en la cláusula décimo tercera de las bases.

Tercero: La presenta Bolsa de Trabajo entrará en vigor desde la fecha de su aprobación, siendo su duración de cuatro años desde la fecha de aprobación de la misma. No obstante, si al término de dicho período de vigencia no se hubiera constituido una nueva bolsa que sustituya a la anterior, mediante resolución del alcalde se podrá prorrogar la vigencia de esta bolsa.

También serán causas de extinción de la Bolsa la celebración de un nuevo proceso selectivo en los mismos términos que la presente convocatoria o cuando por el tiempo transcurrido u otras circunstancias debidamente motivadas contrarias a la finalidad de su creación la Corporación acuerde su extinción.

Cuarto: Que se dé traslado del presente acuerdo a la representación sindical de personal laboral, y publíquese extracto de la presente resolución en la sede electrónica del Ayuntamiento, y a efectos meramente informativos en el tablón de edictos del ayuntamiento y página web municipal.

Colindres, a la fecha de la firma electrónica.

El Alcalde,

Fdo. Javier Incera Goyenechea.

Documento firmado electrónicamente (Ley 39/2015, de 1 de octubre)

Pulse aquí para descargar el documento firmado electrónicamente.

 

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