De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común, se expone al público el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 29 de octubre de 2019 sobre: CONCESIÓN DEFINITIVA DE BECAS PARA LA FORMACIÓN DE MONITORES, ENTRENADORES Y DEPORTISTAS EJERCICIO 2018, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“Primero.- Conceder definitivamente las siguientes subvenciones, a la vista del informe de la Intervención Municipal, y atendiendo a la documentación presentada:
SOLICITANTE | IMPORTE |
CARLOS SETIÉN FONTECILLA | 200,00 |
IVÁN HERBOSO RANERO | 100,00 |
TOTAL | 300,00 |
Segundo.- Denegar definitivamente las siguientes subvenciones, a la vista del informe de la Intervención Municipal, y atendiendo a la documentación presentada:
SOLICITANTE | OBSERVACIONES
|
SERGIO BENITEZ GARCIA | El curso se realiza en el ejercicio 2018, cubriendo la subvención los finalizados en 2017 |
Tercero.- Aprobar el gasto y ordenar el pago por importe total de: 300,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria: 341-480.01, liberando el saldo restante de la correspondiente retención de crédito, en su caso.
Cuarto.- El presente acuerdo será notificado colectivamente a los interesados mediante la publicación en la sede electrónica y el Tablón de anuncios del Ayuntamiento. Se dará traslado de los recursos oportunos.”
Lo que se le notifica a los correspondientes efectos.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá optar por:
- A) Interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en los términos de los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.
- B) Interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Así mismo se le advierte que también podrá presentar cualquier otro recurso que estime pertinente, así como ejercer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente.
Colindres, a la fecha de la firma electrónica
La Secretaria,
Fdo. Paula Albors Ferreiro
Documento firmado electrónicamente (Ley 39/2015, de 1 de octubre)
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